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Clases: la Corte es competente y tratará el amparo de Rodríguez Larreta

La Procuración General de la Nación dictaminó que la Corte Suprema de Justicia puede resolver el planteo efectuado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para que se garantice la presencialidad en las aulas

Por Redacción

17 de abril, 2021 - 10:56

La disputa que se entabló entre el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta y el presidente Alberto Fernández luego que el mandatario nacional suspendiera las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires sumó un nuevo capítulo ya que la Procuración General de la Nación dictaminó hace pocas horas que la Corte Suprema es competente para intervenir en el amparo presentado.

El pedido por parte de Rodríguez Larreta es para que se habilite la continuidad de las clases presenciales en el distrito, que fueron suspendidas, hasta el 30 de abril, como parte de las medidas dispuestas por el Gobierno nacional para contener la propagación de casos de coronavirus.

La procuradora ante la Corte Suprema, Laura Monti, sostuvo que "la Ciudad tiene el mismo puesto que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales y, por lo tanto, el mismo derecho a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

Añadió que existe el "derecho al fuero federal según lo dispuesto por el art. 116 de la Constitución Nacional".

"Entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia", y cita en ese sentido una cuestión planteada por Formosa ante la Corte en 2018.

"En consecuencia, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal", finaliza el escrito de la procuradora Monti.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires interpuso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una acción declarativa de inconstitucionalidad contra lo dispuesto por el Decreto 241/2021 en relación a la presencialidad de las clases, suspendidas desde el lunes próximo y por un plazo de 15 días en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA). .

La cautelar es contra el artículo 2 del decreto, publicado el viernes en el Boletín Oficial, y pide al máximo tribunal que se le ordene al Estado Nacional que "se abstenga, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el decreto cuestionado".

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